Claves para saber cuándo aplicar el IVA reducido en reformas de vivienda

Gestión de reformas

El precio total de una reforma depende de los materiales utilizados, la mano de obra de los diferentes profesionales, el coste del proyecto o la gestión de licencias, contratos de reforma y permisos.

Muchos de nuestros clientes también nos preguntan qué tipo de impuestos deben pagar, y si pueden acogerse a algún tipo de reducción en el IVA.

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Somos un estudio de arquitectura dedicado al diseño y ejecución de viviendas de obra nueva y reformas integrales en Valencia.

El precio total de una reforma depende de los materiales utilizados, la mano de obra de los diferentes profesionales, el coste del proyecto o la gestión de licencias, contratos de reforma y permisos.

Muchos de nuestros clientes también nos preguntan qué tipo de impuestos deben pagar, y si pueden acogerse a algún tipo de reducción en el IVA.

Como ya sabes, el IVA es un impuesto variable, es decir, que se aplica en porcentajes diferentes según cada producto o servicio. En el caso de las reformas del hogar, la factura final puede incrementarse entre un 10% (IVA reducido) o un 21% (IVA general).

¿De qué depende este porcentaje?

Según la web de la Agencia Tributaria, tendrán un IVA reducido aquellas "Ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación de edificaciones destinadas principalmente a viviendas, incluidos los locales, garajes y anejos, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista".

También tendrá un IVA del 10% la "instalación de armarios de cocina y baño y armarios empotrados para viviendas", las ejecuciones de obra "directamente formalizadas con Comunidades de Propietarios para la construcción de garajes en edificaciones destinadas principalmente a viviendas" o las reformas que tengan como objetivo "la ampliación de la superficie habitable de la vivienda".

Por otra parte, la entrega de puertas, ventanas, armarios o muebles de cocina sin instalación incluida tributarán al tipo general (21%), ya que no se considera una ejecución de obra.

Pero, ¿qué quiere decir esto a efectos prácticos?

Cuándo se aplica un IVA reducido del 10% a una reforma

La aplicación del IVA reducido en reformas de viviendas está sujeta a tres condiciones:

  1. Que la factura vaya a nombre de una persona física. Podrán acogerse al IVA reducido personas físicas que reformen su residencia habitual. Las empresas o sociedades que hagan reformas o rehabilitaciones de locales comerciales u oficinas tendrán que pagar un IVA general (21%).
  2. Que haya pasado un mínimo de dos años desde la construcción de la vivienda o desde la última reforma. Esto quiere decir que en viviendas con una antigüedad inferior a dos años o que hayan sido reformadas o rehabilitadas en los últimos 24 meses, se aplicará un IVA del 21%.
  3. Que los materiales no supongan más del 40% del coste total de la reforma. Pongamos un ejemplo: imagina que quieres cambiar el suelo de tu casa y que este trabajo tiene un coste total de 10.000 €, de los cuales 3.500 € corresponden a los materiales. En este caso, se te aplicaría un IVA reducido. Sin embargo, si los materiales cuestan 5.000 € (y la mano de obra, el otro 5.000 €), tendrás que pagar un IVA del 21%.

¿Y qué ocurre con las rehabilitaciones de edificios o con la reforma de zonas comunes en comunidades de vecinos?

En ambos supuestos, la factura de la obra solo tendrá IVA reducido cuando:

  1. La mitad (50%) del coste total del proyecto se destine a acciones para consolidar o tratar elementos estructurales, fachadas o cubiertas.
  2. El importe total de las obras exceda el 25% del precio de adquisición de la edificación o de su valor de mercado antes de la rehabilitación (sin contar el precio del suelo).

¿A qué tipo de tareas de albañilería se puede aplicar un IVA reducido?

El IVA reducido se aplica prácticamente a todos los trabajos de albañilería que se llevan a cabo en la reforma de una vivienda, y también a todas aquellas intervenciones relacionadas con la fontanería, la electricidad, la pintura, la carpintería interior o exterior y la colocación de escayola en techos y paredes.

En esta misma línea, podrán beneficiarse del IVA del 10% todas las reformas que tengan como finalidad:

  • Mejorar la eficiencia energética de la vivienda o edificio.
  • Eliminar barreras arquitectónicas.
  • Renovar ascensores.
  • Mejorar el estado de tejados, cerramientos y carpintería exterior de un edificio.

Por último, algunos clientes nos han preguntado si las reformas que cubre el seguro de la vivienda (por ejemplo, por inundaciones o fugas de agua) se tributan al 10% o al 21%.

Aunque existen particularidades, debemos seguir las mismas pautas que acabamos de exponer: si el seguro se hace cargo directamente de reparar los daños, la factura aumentará un 21%; si la factura se emite a nombre de una empresa, también se aplicará el IVA general; si es un particular el que contrata a los profesionales y después pasa la factura a su compañía aseguradora, tributará con un IVA reducido del 10%.

En GETECO realizamos todo tipo de reformas integrales en Valencia. Si tienes dudas sobre cualquier aspecto o presupuesto para la reforma de tu casa, llámanos.